Leopoldo Uprimny Rosenfeld, el maestro del constitucionalismo

El abogado David E. Llinás Alfaro hace un perfil de una de las personalidades que marcó la vida académica y el Derecho en Colombia. Entrega número 13 de la serie “Grandes Maestros» de la Universidad Nacional.

Ahora mismo, y desde hace años, cualquier estudiante de Derecho que escuche la palabra Uprimny, de forma inmediata asocia el particular sonido de ese apellido con otra expresión: constitucionalismo. En la Universidad Nacional, quienes fuimos alumnos de Rodrigo Uprimny Yepes hablamos en términos de “eso es Uprimny elemental” o “este tema es Uprimny básico”, cuando nos enfrentamos, por ejemplo, a asuntos que suponen la defensa de los derechos de las minorías a través, precisamente, de la teoría constitucional. Y así resultamos expertos en todo lo que suene a Edward Coke, a John Locke, a Hamilton, Madison y Jay, a ponderación de principios, a bloque de constitucionalidad, y a un largo y muy constitucional etcétera.
Lo que termina siendo curioso, es que hace poco más de medio siglo, en la misma Universidad (y en otras, como en la Javeriana y en el Rosario), el apellido Uprimny también se asociaba con la misma expresión. La diferencia era, quizás, que los que entonces eran estudiantes de Derecho resultaban atiborrados del pensamiento político de la segunda escolástica española, y terminaban comprendiendo que, siglo y medio antes de la Publicación de ‘El Contrato Social’ de Juan Jacobo Rousseau, el jesuita Francisco Suárez ya hablaba del pueblo como el origen del poder político, y que los próceres de nuestra independencia fueron educados, no en el influjo de la ilustración, sino en la cosmovisión ofrecida por el humanismo cristiano de la neoescolástica. Así, el maestro Leopoldo Uprimny Rosenfeld –padre del también maestro Rodrigo-, era el referente obligado para entender que la historia constitucional de América Latina era mucho más que aquella importación indiscriminada de todo lo que sonara a ilustración o liberalismo desde Europa.
Algunas de las semblanzas que hay sobre el profesor Leopoldo Uprimny tienden a resaltar tres aspectos de su vida: el primero, que nació en 1906 en el Imperio Austrohúngaro, en la ciudad de Szombathely (Steinamanger, en Alemán), y que debido a la expansión política y militar del régimen nazi hacia Austria, en 1938 se vio obligado a trasladarse a Colombia, donde se casaría en 1948 y tendría nueve hijos; el segundo, que siendo estudiante de Derecho en la Universidad de Viena fue alumno de personalidades como Alfred Verdross, Adolf Merkl, y Hans Kelsen.
El tercer aspecto que se rememora -al cual se dedica esta pequeña semblanza- tiene que ver con su protagonismo en el que, con absoluta seguridad, fue el debate histórico y constitucional más interesante del Siglo XX colombiano. Su interlocutor fue el también constitucionalista Alfonso López Michelsen, y la discusión versaba sobre el origen ideológico de la estructuración del Estado y del aparato político y jurídico nacional.
Mientras el profesor López adaptaba para la génesis histórica de Colombia los trabajos de Max Weber y Richard Tawney sobre la influencia del protestantismo en el racionalismo burgués, y de esa adaptación surgía ‘la estirpe calvinista de nuestras instituciones políticas’, el maestro Uprimny lo refutaba con su tesis sobre el ‘romanticismo semiescolástico de los próceres de la independencia colombiana’, una tremenda obra publicada en varios números de la revista ‘Universitas’ de la Universidad Javeriana, repleta de erudición y, lo que es más importante, de hipótesis originales y polémicas que luego habrían de servirle para estructurar su libro sobre el ‘pensamiento filosófico y político en el Congreso de Cúcuta’.
Así, cuando Alfonso López sostuvo que los elementos más importantes del constitucionalismo del Estado de Cundinamarca -el que existió desde 1811 hasta 1816, y que, según López, es la base histórica del constitucionalismo colombiano- se estructuraron alrededor del pensamiento de Calvino sobre asuntos como la predestinación de los salvos y el origen de la autoridad, el profesor Uprimny sostenía que los fundamentos de la independencia, y luego del constitucionalismo, habían sido predicados por los teólogos y juristas de la segunda escolástica, dominicos y jesuitas esencialmente.
Según el maestro Uprimny, ideas tan constitucionales como el origen del poder político en el consentimiento de la comunidad, el derecho a la resistencia popular frente al gobernante que incumple su pacto con el pueblo, y la sujeción del gobierno a la ley, habían sido desarrolladas con tal profundidad por la segunda escolástica, que con posterioridad el movimiento de la ilustración las retomó y reorientó según sus propios postulados filosóficos. Y en cierta parte de su obra, con el sugestivo subtítulo de ‘el mito del enciclopedismo de la Nueva Granada colonial’, decía respecto de la declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1789, que: ‘la idea misma que el hombre tiene por ley natural ciertos derechos subjetivos imprescindibles frente al Estado, es auténticamente escolástica, consecuencia del descubrimiento de la persona como centro de libertad’.
En el eje del debate, el profesor López decía que la independencia había sido el resultado de ese espíritu capitalista que invadía a aquella oligarquía criolla de terratenientes, que se había cansado del proteccionismo colonial hacia los indígenas y hacia las clases populares, y que veía en el proyecto republicano una oportunidad para poder explotarlos a todos ellos mejor y con más libertad. Por eso -afirmaba López, y en esa posición lo acompañó Indalecio Liévano Aguirre-, una vez independientes, las repúblicas habían prácticamente aniquilado a las poblaciones aborígenes.
El profesor Uprimny pensaba, en cambio, que más que revoluciones, lo que se había estructurado en la independencia era una resistencia generalizada en contra de las iniquidades propiciadas por los funcionarios españoles después de las reformas borbónicas, y que dicha resistencia se había cimentado en la filosofía política de la segunda escolástica, acelerada por la torpeza que, como Jorge III en Inglaterra, habían tenido Carlos IV y Fernando VII en España. Documentos como el famoso Memorial de Agravios, de Camilo Torres, confirmarían esa hipótesis.
La ventaja de Uprimny sobre López en ese antagonismo, a mi modo de ver, derivaba del hecho de que parecía tener un mayor dominio sobre las fuentes históricas primarias y, así, resultan más verosímiles sus posturas.
Ahora bien, el debate Uprimny–López es relevante no sólo por los sólidos argumentos esgrimidos por ambos autores, o por los aspectos del mismo debate en los que coincidieron (como, por ejemplo, en la exaltación del humanismo presente en el Derecho español para América, llamado Derecho Indiano), sino por lo que puede significar todavía para nuestra teoría constitucional, es decir, para la forma en que entendemos nuestros textos constitucionales, pues esa dialéctica facilita comprender que la idea de Constitución se relaciona con lo político y lo jurídico de la misma forma en que se relaciona con lo ético.
Por eso es una verdadera lástima que, salvo notables excepciones, quienes ahora enseñan la Teoría Constitucional hayan omitido el análisis crítico de estas lecturas, y en lugar de enfatizar su riqueza académica, solo de vez en cuando se recuerden los agudos razonamientos que dieron lugar a esta sana polémica. En cambio, nos han querido hacer ver que nuestra forma de estudiar y vivir el Derecho (sobre todo el Constitucional), depende casi exclusivamente de la manera en que interpretemos las obras de Kelsen y sus debates con -entre tantos- Carl Schmitt, o de lo que haya dicho Ronald Dworkin sobre la obra de Herbert Hart, o bien de la ponderación según Robert Alexy, acaso de la argumentación jurídica de acuerdo con Manuel Atienza, etc.
La obra de Leopoldo Uprimny Rosenfeld debería ser nuevamente leída y difundida, con ojo crítico y comprendiendo el contexto en el cual la escribió, pues no es una exageración concluir que fue para el Derecho constitucional colombiano lo que Juan Friede, Gerardo Reichel-Dolmatoff o David Bushnell han sido para las humanidades en el mismo país.
*Profesor de Teoría e Historia Constitucional Universidad Nacional de Colombia
Twitter: @davidllinasal

Tomado de: https://www.elespectador.com/educacion/leopoldo-uprimny-rosenfeld-el-maestro-del-constitucionalismo-article-649546/